Desde hoy y hasta el próximo día 30 de noviembre, las personas empleadas por cuenta propia y las empresas de hasta 10 empleados pueden solicitar una ayuda directa del Ayuntamiento de Marchamalo para inversiones realizadas durante 2021.

Con el objetivo de ayudar a la hostelería, comercio, autónomos y pequeñas empresas de Marchamalo a relanzar sus negocios tras la situación de crisis generada por la pandemia, el Ayuntamiento de Marchamalo convoca una nueva línea de subvenciones dotada con 97.900 euros destinada a financiar hasta el 80% de las inversiones que se hayan hecho durante este año 2021 para mejorar las instalaciones, equipos o prestación de servicios a la ciudadanía.

Las inversiones objeto de la subvención deben haberse realizado entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2021, siendo este mismo día el límite de plazo para presentar las solicitudes en el registro del Ayuntamiento de Marchamalo o en la Sede Electrónica Municipal. Las facturas justificativas de los gastos asociados a la inversión objeto de la subvención pueden ser aportadas junto con la solicitud o con posterioridad, siempre con anterioridad al 15 de diciembre.

La cantidad a percibir, en caso de cumplir con los requisitos de la presente convocatoria, será de hasta el 80% de la inversión realizada para la que se solicita subvención, con un máximo de 2.500 euros.

BENEFICIARIOS/AS Y REQUISITOS:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las microempresas, que tengan su domicilio fiscal y su establecimiento principal en el municipio de Marchamalo, durante el año 2021.

A los efectos de las presentes bases, se entiende por:

  • Personas trabajadoras autónomas: las personas físicas y las comunidades de  bienes sin asalariados que realizan de forma habitual, personal y directa una actividad económica.
  • Microempresas: las personas físicas trabajadoras autónomas con asalariados, las personas jurídicas y las comunidades de bienes que ocupen a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual no excedan de 2 millones de euros.

Para acceder a la condición de beneficiaria, las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el Ayuntamiento de Marchamalo, así como con la Seguridad Social y no resultar deudor por resolución de procedencia de reintegro.
  • No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Haber justificado correctamente cualquier subvención previamente concedida por el Ayuntamiento de Marchamalo.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Serán subvencionables los gastos en inmovilizado realizados desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2021, cuyo valor de adquisición no sea inferior a 600,00 € ni superior a 10.000 € (IVA excluido), encuadrados en las siguientes cuentas de su Plan de Contabilidad o, en caso de no ser de aplicación un plan contable, por los siguientes conceptos:

  • 206 Aplicaciones informáticas
  • 212 Instalaciones técnicas.
  • 213 Maquinaria.
  • 216 Mobiliario
  • 217 Equipos para procesos de información
  • 218 Elementos de transporte
  • 219 Otro inmovilizado material

Sólo será subvencionable una única actuación por beneficiario, que deberá estar directamente relacionada con la actividad económica realizada y servir para su proceso productivo o de prestación de servicios.

Bases de la Convocatoria, modelo de solicitud y anexos de justificación

Convocatoria de Ayudas a Autónomos y Micropymes

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Anexos de solicitud y justificación

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