Consulta aquí como solicitar las Ayudas de Emergencia convocadas tanto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como el Ayuntamiento de Marchamalo para personas afectadas por la crisis del COVID-19.

Consecuencia de los efectos económicos de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 se han multiplicado o agravados los casos de vulnerabilidad en los que han quedado numerosas unidades familiares y personas físicas del municipio, abocadas a una posible exclusión social si no se adoptan medidas para paliar las difíciles circunstancias que están padeciendo.

Uno de los sectores más sensibles y perjudicados son las familias y personas que carecen de suficientes recursos o éstos se han visto mermados dramáticamente por la crisis inesperada y cuyas consecuencias están siendo inmediatas. Por tal motivo se han aprobado las presentes ayudas, dirigidas a unidades familiares y personas físicas que, como consecuencia del COVID-19, atraviesan situaciones de urgente y grave necesidad y que requieren una atención inmediata encaminada a impedir que se produzca un deterioro o agravamiento de la situación de necesidad, evitando con ello situaciones de riesgo y de exclusión social.

Se podrá acceder a una ayuda máxima de 1.550 euros, divididos en distintas líneas de ayuda para alimentación, higiene y salud, pobreza energética, libros y material escolar, pagos de la vivienda habitual, y para pagos de desplazamientos imprescindibles, siendo el plazo límite para su solicitud hasta el 31 de diciembre de 2020.

REQUISITOS GENERALES:

  1. Estar empadronado/a en Marchamalo antes del día 14 de marzo de 2020.
  2. Ser mayor de edad, o estar emancipado/a legalmente, o sin reunir las condiciones anteriores, tener hijos a cargo.
  3. Encontrarse en situación de emergencia social (valoración de los Servicios Sociales Municipales).
  4. Aceptar las condiciones de intervención social.
  5. Cumplir con la escolarización obligatoria y atender las necesidades sanitarias de los menores.
  6. No haber recibido ayuda similar de otra administración, salvo informe de extrema necesidad de los Servicios Sociales.
  7. Insuficiencia de medios económicos.
  8. No ser propietario de bienes inmuebles, a excepción de la vivienda habitual.

Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras de la solicitud de Ayudas de Emergencia Excepcional convocadas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a las que se podrá tener acceso a través de los Servicios Sociales Municipales.

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